La página del FATERyH, el pasado 9 de agosto, publicó en el DIARIO LA NACIÓN una solicitada dirigida a ADMINISTRADORES, CONSORCIOS y CONSORCISTAS denunciando la actitud que tienen algunos CONSORCIOS de contratar empresas de limpieza para abaratar COSTOS.
En este artículo, les dejo la imagen que está cargada en la página del FATERyH para que la lean y expresen su opinión. Sinceramente, creo que la contratación (o no) de personal es decisión EXCLUSIVA de quienes pagan esos sueldos, es decir, el CONSORCIO. Si la AFIP a través del famoso IMP (Indicador Mínimo de Personal) no obliga a los CONSORCIOS a contratarlos, entonces, ¿esta solicitadando es simplemente un intento de GRITAR AL MUNDO que cosa? ¿Qué los Consorcios no tienen derecho a nada? ¿Que están OBLIGADOS a contratar un encargado y que si no lo hacen....parece que están en falta....?
Sinceramente, esto me resulta totalmente RIDÍCULO!
Estimada Doctora: Muchísimo agradezco su página a la que desde hace dos años estoy suscripto. Los artículos son muy claros y reflejan la problemática nada fácil de la realidad de los consorcios de Buenos Aires.
ResponderEliminarDe paso quería consultarle sobre la nota en la que trata si el consorcio debe o no ampliar la vivienda del Encargado. En mi edificio, el Sr. Encargado hace 9 años que se desempeña como Encargado con vivienda. Cuando comenzó la relación laboral, su familia estaba constituida por él y su esposa. Al año nació su primer hijo, y al 6° año su tercer hijo. Ahora reclama la ampliación de la vivienda, bajo apercibimiento de considerarse despedido. En el consorcio no están dadas las condiciones edilicias, ni financieras para conformar su pedido. Quería preguntarle si existe la posibilidad de proponerle modificar su situación a Encargado sin vivienda, de modo de pagarle el plus para que pueda alquilar. Según hemos averiguado, esto es lo que hacen la mayoría de los encargados de familia numerosa cuando las viviendas (de los edificios construidos antes de la promulgación de la ley de 2007), les resultan inadecuadas. Muchísimas gracias por su atención, y mis más sinceras felicitaciones por su emprendimiento.
Luis
Estimado Luis,
EliminarLa disposición que obliga a la construcción de una vivienda más grande rige para aquellos edificios que se construyeron a partir de octubre del 2007, con lo cual, el consorcio no está obligado a ampliar vivienda si no puede hacerlo y no tiene los medios para hacerlo. Si desean hacerle esa propuesta, queda a criterio que cada consorcio. Para mejor asesoramiento, pueden comunicarse conmigo al 49314450 o 1565708018. Saludos Cordiales!