Ley 4877 CABA - Instalación Aires Acondicionados

Ley 4877 CABA - Instalación Aires Acondicionados


41 Comentarios
En esta oportunidad me pareció interesante traer para el análisis de todos nuestros lectores esta norma que regula la INSTALACIÓN DE AIRES ACONDICIONADOS y preguntarles a USTEDES, ¿alguna vez se quejaron por esto? 

La norma es muy moderna comparándola con los Reglamentos de Copropiedad que seguramente existen en muchos edificios y prohíben "las alteraciones a la fachada", pero como los tiempos cambian y la tecnología avanza, ya está arraigado entre todos nosotros tener un aire en nuestras casas y hasta los propios jueces no niegan esta realidad:


“El impedimento al uso de la fachada u otro bien común para instalar acondicionadores puede privar al consorcista de una legítima prerrogativa de mejor goce y uso de la propiedad (Cámara Nac. Civil sala B 4/4/1975 J:A 29–1975–45).

“No corresponde condenar al propietario a retirar el aparato de aire acondicionado instalado en un patio sin autorización del consorcio, si no causa molestias, no produce ruidos ni aumenta el calor ni la humedad de las restantes unidades (Cámara especial Civ. y Com. sala 3er. 31/10/1983)”.



Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013 


Publicación en el B.O.: 04/02/2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley


Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 4.4.8.2 "Agregados a las fachadas y muros visibles desde la vía pública" correspondiente al acápite 4.4. "De Las Fachadas", de la Sección 4 "Del Proyecto de las obras", del Código de la Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que quedará redactado en los siguientes términos:


4.4.8.2 "La colocación o instalación de agregados no establecidos en este Código, sólo se permiten cuando no se afecte la composición arquitectónica del edificio y la estética del lugar.


En ningún caso se puede sobresalir de los perfiles autorizados por este Código. En los pilares de las aceras cubiertas con pórticos no deben aplicarse agregado alguno, como ser: vitrinas, toldos, anuncios o similares.


La Dirección puede exigir en los edificios que forman esquina, la reserva de un espacio en el muro de fachada, para la colocación de las chapas de nomenclatura.


Prohíbase en toda la Ciudad de Buenos Aires colocar en planta baja todo artefacto acondicionador de aire o climatizador de ambientes que se acuse al exterior en fachadas o muros visibles desde la vía pública. En el resto de la edificación o estructura, los artefactos acondicionadores de aire o climatizadores de ambientes se podrán colocar en las fachadas de los edificios existentes siempre que su instalación no malogre la composición arquitectónica de la misma y no sobresalga más que 0,30 m. del plomo del paramento.


En los casos en que la fachada prevea un lugar destinado al emplazamiento de estos aparatos, deberá ser ubicado en aquéllos espacios. De lo contrario solo podrán ser ubicados dentro de balcones, en vanos existentes, terrazas existentes o patios interiores.


Los edificios que fueren construidos a partir de la publicación de la presente modificación, deberán prever lugares especialmente diseñados y acondicionados para el emplazamiento de los aparatos y estos deberán ser ubicados en dichos espacio.


En los distritos Urbanización Determinada (U), Arquitectura Especial (AE) y Área de Protección Histórica (APH) del Código de Planeamiento Urbano, así como en los edificios catalogados por la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano los artefactos acondicionadores de aire o climatizadores de ambientessolo podrán ser ubicados de manera tal que no menoscaben la composición del edificio o destruya ornamentos y/o carpinterías. En dichos casos queda prohibida la instalación de equipos del tipo "de ventana" en fachadas o muros visibles desde la vía pública.


En todos los casos se deberá tener en cuenta, además, lo establecido en "Aprobación de fachada" y "Desagües"." Cláusula Transitoria.- A partir de la publicación de la presente queda establecido un plazo de dos (2) años para la readecuación de los artefactos acondicionadores de aire o climatizadores de ambiente a las disposiciones de esta Ley. Durante dicho período la Subsecretaría de Uso del Espacio Público dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público quedará autorizada por la presente le y a iniciar las intimaciones necesarias para lograr la readecuación a que refiere el párrafo precedente.


Art. 2º.- Comuníquese, etc.


Fdo.: Ritondo – Pérez

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41 comentarios:

  1. hola, quisiera que me asesores en algo , yo vivo en un primer piso a la calle, quiero cerrar el balcon y el cosorcio me lo prohibe, yo creo que es una cuestion de seguridad, puedo hacerlo igual? el cerramiento es con vidrio transparente blindado, o sea no modifica tanto la fachada ya que es transparente. muchas gracias

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    1. Estimado/a,
      En principio, no puede hacerlo. Está prohibido por ley y, seguramente, el Reglamento también lo prohíbe.
      Saludos!

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  2. hola quisiera saber si los aire acondicionados tipo split, que el compresor queda afuera esta permitido en departamentos internos, o sea que quedan en el aire luz y eso provoca bastante ruido. Gracias

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    1. Estimado/a,
      Sí, se permiten, ya que no afecta la armonía de la fachada principal. El tema del ruido, es inevitable.
      Saludos!

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    2. y que se puede hacer si el propietario no se ocupa de recoger el agua que despide el aire y esto afecta a los deptos de abajo?

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  3. tengo un vecino que coloco aire acondicionado en el pozo de aire y luz y su desague cae causando ruido por su goteo en mi depto. puede desagotar asi? debe desagotar al interior de su unidad?

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    1. Estimada Liliana,
      Al instalar aires pasa esto que me dice......lo ideal, es que no moleste a nadie. Le recomiendo que hable con su vecino y le explique este problema.
      Saludos Cordiales!

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  4. hola, quisiera hacer una consulta. Vivo en una casa con patio al fondo, Mi casa linda con un edificio nuevo que tiene varios valcones de los cuales cuelgan aires acondicionados que chorrean en mi casa, ademas me da miedo que se acigan y por esta razon mis hijitos no pueden salir a jugar. Intente hablar pero no me escuchan. Que puedo hacer? Dicen no tener administrador.....

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    1. Estimada,
      Si no hay Administrador, mucho no se puede hacer....pero resulta raro, ya que todo edificio nuevo tiene un Administrador, por lo general, a no ser que no se hayan vendido todas las unidades....igualmente, si hay encargado, trate de hablar con él a ver qué le dice sobre la constructora o si existe realmente un administrador o no. Saludos!

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  5. estimada yo arrendo un local planta baja ,el inquilino peluqueria coloco un aire en el frente del edificio ,apenas 20 cm sobre la puerta de ingreso ,el resto del aparato sobre el local ,el administrador me intimo a mi como dueño a que lo cambie ,el que me alquila no quiere hacerlo ,como me tengo que manejar , a quien le tengo una carta documento y si tengo 2 años de plazo para cambiarlo o hacerlo correr gracias por su respuesta

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    1. Estimado,
      Si modificó la fachada con ese aire, entonces la responsabilidad se da entre propietario e inquilino, porque no se puede modificar la fachada sin autorización de una Asamblea. Habría que ver la magnitud del aire......y si encima está sobre la puerta de ingreso al edificio, la molestia es mayor. Tendría que leer el contrato de alquiler. Para un mejor asesoramiento, le recomiendo que se comunique conmigo al 49314450 y coordinamos una consulta. Saludos Cordiales!

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  6. Hola, tengo un monoambiente y la única posibilidad de colocación de mi aire Split es en el pulmón del edificio, mi vecina del planta baja tiene un toldo metálico q permanece siempre cerrado. Le molesta el goteo de mi aire sobre su toldo.. Yo busque todas las soluciones posibles.. Colocaba un recipiente pero algunas veces x la noche rebalsaba y tenia quejas de ella.. Le ofrecí poner una manguera transparente que tendría que ir a su rejilla por es el único desagote que hay.. Aceptó pero cuando compre la manguera no acepto colocarla. Me dijeron q hay una resolución x la cual el edificio tendría que tener una especie de canaleta o pileta colectora para desagotar los aires.. Esto es asi? Y el toldo q ella tiene me han dicho que no corresponde que no se pueden colocar cerramientos en pulmón del edificio.. Esto a mi no me afecta pero mi vecina me molesta continuamente con este tema y yo ya busque las soluciones posibles. Agradecería información sobre como proceder .gracias

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    1. Estimada/o,
      Es cierto que los cerramientos no están permitidos, salvo por autorización de Asamblea. El tema de los aires, nadie lo puede prohibir, pero si causa un perjuicio a otros, entonces habría que intervenir, ya que usted planteó todas las posibilidades para llegar a un acuerdo. En cuanto a la canaleta, no tengo conocimientos de que sea obligatorio para los edificios, pero lo investigaré. Saludos Cordiales!

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  7. hola estimados vecinos les comento algo sobre las goteras de los aires acondicionado,soy tecnico en refrigeracion matriculado,,con respecto a las goteras molestas de los equipos exteriores existe un metodo electrico que evapora el agua que es despedida al exterior que de por si son extremadamente molestas y a cualquiera de nosotros nos molestaria yo instalo ese metodo y es muy eficiente ya que se terminan las molestias que ello ocasiona por cualquier consulta dejo un mail de contacto refricool09@gmail.com saludos

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  8. yo tengo el proeblema que vivo en un primer piso y el bar de abajo coloco la condensadora de su aire debajo de mi ventana no solo sin autorización, ademas del ruido molesto ocasionado por las 6500 frigorias del aire no quiero que este colocado en mi pared. ya antes me habia colocado otro del otro lado y por suerte se rompio pero la pared de mi departamento constan de 3 aires acondicionados y solo uno es mio. Ya reclame al consorcio al cgp y a la misma dueña de los cuales recibi amezas y hasta me dijieron que si lo quería correr yo me tenia que hacer cargo del costo de desintalación.

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    1. Estimado/a,
      Qué le dijeron en el CGP?? Y la Administradora?? Tiene el Reglamento para leerlo?? Si le interesa tener una entrevista para ver qué se puede hacer sobre este tema, mi tel de contacto es 49314450 o 1565708018. Saludos!

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  9. Buenos dias, queria consultar por lo siguiente, vivo en 2do piso (el ultimo) de un edificio de dos cuerpos, yo estoy en el contrafrente, necesito colocar un aire tipo split, (no afectaria la fachada principal) lo puse sobre la puerta del depto y me dijeron que no se podia por reglamento, los depto frente al mio (con la misma disposicion) los tienen en el techo, yo deberia cambiarlo? me pueden prohibir colocarlo en el techo si hay vecinos que lo tienen asi?. Gracias. Natalia

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    1. Estimada Natalia,
      Que alguien haya colocado un aire no significa que se pueda hacer. Habría que consultar el Reglamento de Copropiedad para saber qué dice, sin embargo, si planteas que otro lo tiene instalado y la negativa a permitírtelo implicaría que otros tenga que sacarlo, entonces, tenés un buen argumento para lograr lo que querés. Saludos!

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  10. Buenas noches mi consulta es la siguiente, vivo en un PH en el primer piso, la ventana de mi habitación y la del comedor dan al pulmon donde tiene el patio mi vecina. Ella instaló un aire acondicionado y el aparato esta a menos de un metro de la ventana de mi habitación y de la ventana del comendor, por lo tanto cuando lo usa todo el ruido generado me molesta para dormir o estar tranquilo en el comedor. ¿Es legal que esté hecha esa instalación?
    Desde ya muchas gracias.

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    1. Estimado/a,
      Instalar aires no está prohibido, pero si genera molestias, ruidos, e imposibilita a otros su rutina normal, entonces no mejora la calidad de vida de nadie....te recomiendo que plantees esto ante el Administrador, convocando una Asamblea, o hablando con tu vecino, quizá, le hace falta un mantenimiento, ya que la última opción que te queda si no se soluciona de éstas maneras es recurrir a la justicia.
      Saludos!

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  11. LA JUSTICIA NO TE DA PELOTA Y LOS ABOGADOS TE SACAN LA PLATA GANAN SIEMPRE LOS ADMINISTRADORES Y PROPIETARIOS CORRUPTOSSSSSSSSS

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  12. Necesito ayuda Argus colocó equipo de doble turbina , que funciona con trifásica, en 1 consultorio de radiología, que en realidad es 1 depto, no apto profesional,según figura en el reglamento de copropidad, el cual está inscripto en La Plata, vivo hace 50 años, se me acabó el balcón y ya no podré abrir la ventana, sin contar el ruido y la vibración de pared, que es ladrillo hueco, pedí que lo transladaran a la terraza , son 2 pisos, pero no, yo puedo tocarlo con la mano desde mi balcón, no entiendo cómo no se dan cuenta que me destruyen, la tranquilidad, la armonia,el ambiente, Ya fuí a defensor del pueblo, denuncié, pero, no tengo noticias,no lo conectaron,por un tiempo, pero hoy me avisaron que lo conectarán, claro una empresa con mucha espalda, consigue cualquier cosa,como la habilitación, ¡que hago?muchas gracias

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    1. Estimado/a,
      Es un caso complicado, ya que si este lugar tiene un respaldo, lo único que le resta es hacer una demanda judicial por los daños y perjuicios que esto le ocasiona a usted....mucho más no se puede hacer.
      Saludos!!!

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  13. Soy instalador de aire acondicionado y existen un alto porcentaje de instalaciones donde resulta difícil ubicar el desagote del equipo porque los edificios no están preparados para tener aires acondicionados. La colocación de un bajante pvc donde se conecten todas las mangueras de desagote no es tan costoso como para que no se pongan de acuerdo los propietarios y lo hagan.

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    1. Estimada Marcelo,
      Muy buen aporte el tuyo!!! Podrías mandarme tus datos completos a asesoramientoconsorcios@yahoo.com.ar, con la propuesta que hacés, no sé....algún dibujo o algo por el estilo, y la mayor cantidad de info que puedas sobre este tema, sobre cómo es la instalación, qué inconvenientes se pueden encontrar, qué lugares son más adecuados, cuáles no, etc, y no tengo inconvenientes de hacer un artículo sobre eso para publicarlo en mi blog como alternativa de solución. Saludos!

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  14. Buenas, un vecino tiene un aire acondicionado sobre medianera de edificio (es el único) hace un ruido terrible y encima gotea sobre terraza de un edificio vecino. Llame al 147 pero me dijeron que tengo que ir a una mediación, el tema es que esta cometiendo una infracción, y no queremos mediación, donde se puede reclamar, para que vengan a realizar una inspección del gobierno de la ciudad. Gracias

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  15. buenas quiesiera saber si se puede instalar un aire acondicionado en el pulmon del edificio. ya que abro la ventana y se viene todo el calor del motor que esta al lado de la ventana mia y el ruido tambien. gracias

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  16. Buenos días. Me acabo de mudar a un primer piso, y tengo un patio (razón importante por la cual alquilé el depto.). Resulta que, encima del mismo, funcionan unos 6 equipos de aire acondicionado, que gotean libremente mojando un 80% de la superficie de mi patio. No puedo colgar ropa, poner una mesa con sillas, ni disfrutar de mi patio de manera alguna. Cómo procedo en este caso? La ley me ampara para pedir que entuben todos los aires? No tengo problema en aportar mi rejilla para que desagoten todos juntos ahí. Gracias!

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  17. Buenas Noches: Quisiera saber si se puede instalar la parte de afuera del aire acondicionado en un patio interior que tiene un toldo, que no es del todo cerrado.-

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  18. Buenas Noches mi consulta es para saber si se puede poner un aire acondicionado en pulmón de edificio siendo este mi patio y justo arriba de la salida de mi patio sobre mi cabeza además no prevee el tema del agua que caerá en mi patio anteriormente siempre se pidió autorización al edificio y se llegó al acuerdo de ponerlos del otro lado

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  19. María de las Mercedes, gracias por compartir esta ley, necesito consultarle lo siguiente, contiguo a mi domicilio construyeron un edificio de tres pisos, los balcones del contrafrente dan a la altura de mi jardín. Están colocando equipos de aire acondicionado en un lateral de los balcones que dejan su superficie a 20 cm de mi medianera virtual, por así decirlo. además los equipos quedan a unos 20 cm de las rejillas de ventilación de los deptos. para ser más gráfico le dejo imágenes. La pregunta es ¿pueden utilizar ese espacio o el equipo debe quedar dentro del espacio del balcón? Muchas gracias!
    on.fb.me/1ppkvYn
    on.fb.me/1ppkzqV
    on.fb.me/1ppkDqK
    on.fb.me/1ppkFPr
    on.fb.me/1ppkJi3

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  20. Por si no puede visualizar las fotos las vuelvo a subir
    bit.ly/1pplRCf
    bit.ly/1ppm1tv
    bit.ly/1ppm88d
    bit.ly/1ppmaNw

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  21. Hola compre un depto en PB y quiero instalar un AA split en el dormitorio que da a la calle la Ley 4877 dice que esta prohibida dicha instalacion, pero tengo informes tecnicos por el cual si el compresor no se instala en el frente no llega a ser funcional dicho aquipo, tambien tengo otro informe que entre el techo de la PB y la loza del piso del depto del 1er piso hay 50 cm por el cual pasan caños de calefaccion, puedo utilizar esa parte del frente para la colocacion del AA y no infringir la ley

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  22. Hola compre un depto en PB y quiero instalar un AA split en el dormitorio que da a la calle la Ley 4877 dice que esta prohibida dicha instalacion, pero tengo informes tecnicos por el cual si el compresor no se instala en el frente no llega a ser funcional dicho aquipo, tambien tengo otro informe que entre el techo de la PB y la loza del piso del depto del 1er piso hay 50 cm por el cual pasan caños de calefaccion, puedo utilizar esa parte del frente para la colocacion del AA y no infringir la ley

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  23. en el frente del edificio en el primer piso a la calle colocaron un aire acondicionado que gotea justo en la entrada a la cochera y pegado a la entrada,el goteo cae sin cesar,deben colocar la manguera de desagote dentro del departamento??ademas afea el frente.En otro depto colocaron un cerramiento que afea el frente aun cuando el reglamento del edificio lo prohibe,como debemos proceder.

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  24. Consulta vivo en un depto pb a la calle se puede poner un aire si o no ya que no tengo patio

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  25. Buenas tardes,me mudé a un dto en un primer piso, con patio. Justo debajo hay un local que, desde antes que yo me mude instalo un Aire y el motor esta en mi patio, a una altura peligrosa, ya que tengo un bebé de 2 años y quiere tocarlo. Mi pregunta: puedo pedirle que lo retire o solo que lo cambie de lugar. Aclaro que para poder colocarlo, el único acceso es entrar por mi Dto, lo cual también me genera molestias a futuro en caso de requerir service. Gracias!
    Gracias

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  26. Buenas tardes,me mudé a un dto en un primer piso, con patio. Justo debajo hay un local que, desde antes que yo me mude instalo un Aire y el motor esta en mi patio, a una altura peligrosa, ya que tengo un bebé de 2 años y quiere tocarlo. Mi pregunta: puedo pedirle que lo retire o solo que lo cambie de lugar. Aclaro que para poder colocarlo, el único acceso es entrar por mi Dto, lo cual también me genera molestias a futuro en caso de requerir service. Yo no se si el consorcio lo aprobó hace años, cuando el dto estaba alquilado. El tema es el dueño anterior lo tenía como inversión y no le importaba nada. Qué puedo hacer para modificar esto, porque es súper molesto. Gracias!
    Gracias

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  27. Hola buen día, quería consultarle acerca de la legalidad de colocar aires acondicionados en el pulmón de un edificio. Yo vivo en el tercer piso de un edificio que tiene nueve pisos y mis ventanas dan a un pulmón cerrado al que dan las ventanas de otros departamentos tambien, de los cuales la mayoría tienen aire acondicionado que dan al pulmón (algunos departamentos tiene hasta dos aires). La verdad es que el calor, la humedad y el ruido son insoportables, más ahora que mi vecina de en frente puso su aire frente a mi ventana y todo su aire caliente y húmedo (en verano) y frío (en invierno) entra en mi casa y no me permite abrir mis ventanas. Que yo sepa el consorcio no tiene ninguna reglamentación al respecto, si por favor, me puede asesorar al respecto estaré muy agradecida

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  28. Hola yo alquile un depto 3 ambientes en planta baja y el comedor y la 1 de la habitaciones que es donde duermo dan a la calle....quiero poner el aire en la fachada dado que esas 2 habitaciones (comedor y habitacion) son los que mas uso y eso donde quiero encontrar mi satisfaccion, el consorcio no me deja por la facha...les pregunto donde ponerlo y no me saben responder....mi depto tiene construido al de pie y a lo largo de mis 2 ventanas (habitacion y comedor) del lado de afuera un pequeño espacio verde que tiene las mismas dimensiones de los balcones del primer piso hasta el tercero ( por ende estaria en mi perimetro legal ya que no esta dentro del perimetro municipal)...quiero saber que opinas?....gracias!!!!

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  29. Buen día, compre un equipo split frio/calor cuya unidad exterior no entra en la misma pared adonde tenia el anterior, ya que es mas grande. Solicite el debido permiso a la administración para instalarlo en la fachada, al lado del que ya esta en la fachada, cuyo dueño es el local del edificio, acción que la administración autorizó. Ahora, resulta que mi vecina de arriba, argumenta que no puedo hacerlo, y que la administración no consultó a los demas vecinos. Desconozco que acciones tomó dicha vecina, pero ahora la administración (un poco asustada, por las amenazas que debe haber recibido de parte de mi vecina) me dice que tengo que desinstalar todo.
    Necesitaría saber por favor, si el permiso/autorización debería haberlo encarado de otra manera, y si puedo dejarlo instalado. e

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