Lamentablemente, para nuestro derecho, los animales son cosas muebles, pero aquellos que tienen un perro, gato, pájaro, hamster, etc en su casa sabe que la ley y el corazón, sienten diferente.
Sin embargo, a pesar del amor que muchos animales brindan a sus dueños, a veces generan conflictos con los vecinos que no se benefician de ese cariño sino que padecen los ruidos molestos que generan.
La ley no prohíbe la tenencia de animales pero sí los ruidos molestos, sin embargo, ¿cuál es el parámetro de tolerancia?
En este caso, el Reglamento de Copropiedad o el Reglamento Interno del Consorcio es el que viene a llenar ese vacío legal y establecer las pautas para la convivencia. Desde prohibir la tenencia hasta establecer algún límite, por ejemplo, en un diario de Mendoza, salió una noticia de una mujer que la desalojaron por vivir con 50 perros y 12 gatos.
Si bien "nuestros derechos terminan donde empiezan los derechos de los demás" en lo que respecta a la tenencia de animales, siempre fue un tema muy sensible de tocar. Primero, porque los que tienen las mascotas no sólo son mujeres mayores que recurren a ellos como una compañía sino también niños que tienen la ilusión de una mascota y contra eso....¿cómo se puede actuar?
Entiendo, porque también tengo un hijo pequeño, que se puede convivir con animales en edificios pero la convivencia depende de ciertas normas de educación y prevención que debemos hacer cada uno desde su casa, por ejemplo, educar en cuanto al cuidado del animal y su limpieza, fuera y dentro del departamento, puesto que muchas veces esto no se cumple, generando malos olores los pasillos y, en consecuencia, mala predisposición del resto.
Sería muy significativo que nuestros legisladores regulen más sobre el tema para evitar estos vacíos legales o, por el contrario, cada consorcio podría reunirse y modificar su Reglamento subsanando, de esta forma, la falencia de la ley de fondo.
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