Se habría acordado con el FATERyH un incremento remunerativo de 1200 pesos para abril y mayo, representando esto un 15,82% para el encargado permanente sin vivienda y un 18,6% para uno con vivienda. En cambio, el personal de media jornada percibirá la mitad ($600) cada uno de esos meses. Para el resto de la categorías, el cálculo será proporcional.
El seguro que cubre la indemnización por fallecimiento o incapacidad del trabajador pasará a ser OBLIGATORIO a partir de junio de este año y representará el 1% del sueldo bruto. Actualmente, ese seguro es contrato en forma privada por el Consorcio.
Revisando lo que establece al respecto la LEY DE CONTRATO DE TRABAJO, encontramos lo siguiente:
Art. 212. —Reincorporación.
Vigente el plazo de conservación del empleo, si del accidente o enfermedad resultase una disminución definitiva en la capacidad laboral del trabajador y éste no estuviere en condiciones de realizar las tareas que anteriormente cumplía, el empleador deberá asignarle otras que pueda ejecutar sin disminución de su remuneración.
Si el empleador no pudiera dar cumplimiento a esta obligación por causa que no le fuere imputable, deberá abonar al trabajador una indemnización igual a la prevista en el artículo 247 de esta ley.
Si estando en condiciones de hacerlo no le asignare tareas compatibles con la aptitud física o psíquica del trabajador, estará obligado a abonarle una indemnización igual a la establecida en el artículo 245 de esta ley.
Cuando de la enfermedad o accidente se derivara incapacidad absoluta para el trabajador, el empleador deberá abonarle una indemnización de monto igual a la expresada en el artículo 245 de esta ley.
Este beneficio no es incompatible y se acumula con los que los estatutos especiales o convenios colectivos puedan disponer para tal supuesto
Como es de esperar, este aumento repercutirá, como todos los años, en las expensas. Fuente: Pequeñas Noticias
Hola Mercedes, muy informativo tu blog ahora este ACUERDO por los $ 1200 que reciben los Encargados para Abril y Mayo 2015 sabes que N° de Decreto Art. ó sabe que se dbe colocar en el recibo de sueldo, gracias por tu atención y me gustaria colaborar con esta iniciativ, soy liquidador de Sueldos me llamo Juan Carlos saludos cordiales, estoy a tus ordenes
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