A raíz de una consulta telefónica, surgió este artículo. En la página de la AFIP se puede encontrar esta información y, si no resulta muy clara, nos podemos comunicar (o intentar varias veces) con el 0810 y que alguien idóneo lo explique paso a paso.
Esta inscripción permitirá al Consorcio poder contratar personal en blanco y pagar los respectivos impuestos. El trámite podrá hacerlo el representante legal del Consorcio, por internet y luego en la dependencia de la Afip, o un tercero debidamente autorizado.
Esta es la información que aparece en la página:
Las solicitudes de inscripción se efectuarán utilizando el aplicativo "MÓDULO INSCRIPCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS - F. 420/J - Versión 1.0".
Dicho programa podrá transferirse desde la página Web www.afip.gob.ar.
El representante a través del servicio "Presentación de DDJJ y Pagos" remitirá vía Internet la declaración jurada que genere el aplicativo.
Como constancia de la presentación efectuada, el sistema emitirá un acuse de recibo con su correspondiente número de transacción.
A fin de consultar el resultado obtenido respecto de la validación, el solicitante deberá ingresar al servicio "e-ventanilla" mediante "Clave Fiscal".
Una vez aceptada la solicitud, el representante deberá imprimir la constancia de "aceptación del trámite" desde "e-ventanilla".
El solicitante deberá presentar en la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a la jurisdicción del domicilio del consorcio:
a) El formulario de declaración jurada Nº 420/J generado por el aplicativo.
b) El acuse de recibo de la presentación efectuada, y
c) La impresión de la "aceptación del trámite".
Asimismo, se deberá acompañar fotocopia del reglamento de copropiedad y su inscripción en el registro correspondiente y documentación que acredite el domicilio fiscal denunciado dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de aceptación.
Fuente: Art. 1 a 5 RG 2337/07 y Art. 3 RG 10/97
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YO VIVO EN UN CONSORCIO DEL AÑO 1969 QUE NUNCA TRAMITÓ SU CUIT, TENDRÁ MULTAS PARA EL EDIFICIO, ALGUNA SANCION EN PARTICULAR SI SE DA DE ALTA AHORA EN EL AÑO 2013??
ResponderEliminarEstimado/a,
EliminarHabría que analizar bien si hay empleados en el consorcio, cómo los tienen, etc, para saber si tendrá alguna consecuencia.
Saludos!
Hola María Mercedes no encontré donde escribir una pregunta nueva. Te comento que tengo una propiedad en la costa es decir en un mismo terreno dos propiedades. Los inmuebles están sometidos al Régimen de Propiedad horizontal desde 2013. Tenemos Reglamento de Copropiedad y Administración y una registración provisional 1/08/2013 vigente por 180 días. No tenemos CUIT y el mandato por dos años se me venció. Cuales serían los pasos para regularizar esta situación. Gracias y saludos
EliminarHola Dra. muy interesante la nota. y me permito consultarla sobre la entrega de documentación al cambiar una Administración. El Administrador saliente entrega la documentación del consorcio al "entrante" . y uno de esos documentos es el Reglamento de Copropiedad, pero una copia aduciendo que el original quedo en la AFIP cuando se hizo n° CUIT. Esto es asi, se puede entregar una copia del Reg. de Copropiedad en el traspaso.
ResponderEliminarGracias por su respuesta
Juan
Estimado Juan,
EliminarSe puede entregar copia.
Saludos!
Dra. Le consulto sobre un edificio de 4 años de antiguedad, que son 10 unidades que no tiene encargado, ni empleados. Pero estan queriendo contratar una empresa de limpieza y no han tramitado el cuit. Hubo un cambio de administracion y la nueva nos esta informando de que debemos hacerlo. Yo lo que quiero saber es si es obligatorio, si lo debemos hacer!!
ResponderEliminarEstimado/a,
EliminarSí, el CUIT para contratar el obligatorio....si el Consorcio no está registrado ante la AFIP, entonces, todo lo que haga después es ilegal y podría tener problemas.
Saludos!
Muchas gracias por ocuparse. A ver si tengo suerte y obtengo una respuesta precisa.
ResponderEliminarEste mes termino de construir un edificio y se diron las posesiones a los adquirentes, que quieren contratar al encargado. El reglamento de copropiedad saldra inscripto en unos 4 o 5 meses (es lo habitual en obras nuevas). Por dicho motivo, podriamos decir que el consorcio esta En Formacion. La normativa preve distintas figuras societarias o asociativas para inscribse En Formacion. Pero nada dice respecto del Consorcio regido por la ley 13512. Concretamente, que documentacion debo aportar a la AFIP para -luego de cumplido el tramite prvio via internet- obtener la CUIT (la normativa establece que se debe adjuntar Reglamento de copropiedad inscripto, pero nada dice respecto del que esta en tramite de inscripcion. Muchas gracias. Jorge Liberman (jorge@estudioliberman.com.ar)
Estimado Jorge,
EliminarEs cierto lo que dice. La inscripción tarda y lamentablemente, no conviene contratar a una persona sin que esté inscripto el Consorcio. Ya consultó en la AFIP?
Saludos Cordiales!
Nuestro edificio es de 1958. No estamos inscriptos en la Afip, nuestro administrador no esta inscripto en el registro de administradores del Gob de la Ciudad de Buenos Aires. ¿ puede realizar el trámite de inscripcion en la Afip sin este requisito?.
ResponderEliminarHay penalidades por no declarar a la señora que limpia?
Muchas gracias por su atención.
Estimada Errina,
EliminarEn CABA es OBLIGATORIO estar inscripto como Administrador/a. Para inscribir un Consorcio piden el acta de designación. En cuanto a la señora de la limpieza, sí, hay penalidades en caso de una denuncia.
Saludos!
Estimada María Mercedes Orueta. Le consulto acerca de si es obligatorio por ley tener CUIT en un consorcio. Le comento, el edificio en donde vivo (que tiene mas de 60 años), no tiene portero o encargado ni carga de empleados alguna. Todos los servicios, incluso el de la limpieza son prestados por terceros contratados. El Administrador del Consorcio fué consultado pero no he logrado que me responda. Muchas gracias!
ResponderEliminarEstimado/a,
EliminarTener en un Consorcio personal "contratado" por fuera es para lío.....el CUIT es necesario para contratar personal, sí o sí.
Saludos!
Muchas Gracias María M Orueta por la respuesta. En realidad, quizás no fui lo debidamente claro en mi exposición. La persona que realiza la limpieza es empleada de una empresa contratada, la cual (se supone) tiene todo al dia en cuanto a aportes, art y demás. Mas allá de este tema en particular, mi consulta es si un Consorcio debe contar con el CUIT en forma obligtoria, o no es necesario si no tiene personal a cargo. Saludos!
EliminarBuenos días, gracias por presentar esta información. Sabes como se puede realizar un poder si el que administrador no puede concurrir a la agencia? Atte
ResponderEliminarEstimado/a,
EliminarConsulte con un escribano.
Saludos!
Estimada, tengo dudas respecto a quien tiene que ser el responsable que va a dar de alta el Consorcio. Puede ser cualquier persona?
ResponderEliminarMuchas gracias
Estimado/a,
EliminarConsulte con un escribano si es una opción o en la agencia de AFIP más cercana.
Saludos!
Dra. le consulto sobre la C.U.I.T. de un consorcio. Luego de darlo de alta en la afip. si no tienen personal de limpieza, es necesario sacar la clave en el suterh y fateryh.
ResponderEliminarmuchas gracias
Estimada Stella Maris,
EliminarEntiendo que no, hasta tener personal, pero igualmente, consulte en el Suterh y fateryh.
Saludos Cordiales!
Movistar el año pasado nos propuso de alquilarnos la terraza del edificio para una antena, visto y considerando que en este edificio no se puede nunca hacer ningún arreglo porque los dueños de los departamentos jamas quieren gastar dinero ni en pagar 5 pesos de luz de consorcio cada uno, nos vino de maravilla, nos pusimos en marcha para poner todo el papelerio en condiciones, cuando mis padres vinieron a vivir aca hace uno 30 años, la chica que les vendió el departamento la dejo a cargo de cobrar al luz del consorcio y en su momento de apagar manualmente la bomba del agua, luego con lso años eso termino porque se puso un automático, asi que ya el aparato solo se encargaba de hacerlo. Para no explayarme demasiado, si hubo un libro de actas jamas lo conocimos, tenemos boleto de copropiedad, fuimso a la escribana y ya tenemos un nuevo libro de actas, rubricado y membretado, con las actas firmadas, en el actas 1 se asigno un encargado/administrador de manejar el dinero de la cuenta bancaria de movistar (ya que mi madre es la que persona que mas años de antigüedad tiene viviendo acá, la nombraron a ella, ya que la mayoría de los otros dueños alquilan sus deptos y ni viven aca, nosotros tenemos 28 años acá), para que llamemos a las personas conforme vayamos arreglando las diferentes cosas que necesita el edificio (hacer el tanque de agua nuevo porque pierde, matafuegos, seguro, arreglar el portero eléctrico, pintura, y demás), y en el acta dos en donde se declara que movistar nos propone el contrato de 5 años con ellos, y ya la hemos firmado. En el afip para poder sacar el cuit del consorcio que es lo que nos falta para poder sacar la cuenta bancaria a nombre del consorcio, es llenar el formulario de inscripción f420 (que tenemos trabas para llenarlo, porque algunos datos no sabemos como llenarlos), y llevar otros papeles que ya tenemos (tuvimos que hacer un acta de declaración de domicilio para certificarlo, porque tenemos solamente 1 servicio a nombre del consorcio y para poder inscribirlo, te piden 2 servicios (boletas), y ahí consta también el nombre de mi mama como administradora nombrada por asamblea), estamos trabados en el tema del blanqueo ante el afip, porque según ya nos
ResponderEliminarCONTINUA.. han comentado 2 abogados, la idea planteada en un momento y es la que queremos llevar a cabo es, que un encargo/administrador (mi mama), tenga el permiso de extraer el dinero del banco y llamar a ya sea un pintor, plomero, electricista y arreglar lo que necesitamos, haciendo remito monotributista para luego presentar en que se gasto el dinero, junto a las boletas de los que vengan a arreglar el edificio, pero hace una semana nos comentaron que averigüemos bien, porque nos hablaron de una declaración jurada mensual y anual y el tema de arba, ahí fue cuando nos paralizamos, ademas si contratamos un administrador vamso a tener que pagar expensas y seria en vano eso, porque la plata de la antena es pura y exclusivamente para todos los arreglos que debemos hacerle al edificio, ya conocemos todas las mañas y un administrador va a hacer cualquier cosa con el dinero, menos lo que necesitamos, ademas de cobrar un sueldo, por eso queremos hacerlo de la otra manera, no sabemos bien como manejar el tema ahora, porque en principio queremos hacerlo como una amiga nuestra, tenia el mismo problema que nosotros, pero ellos directamente los remitos los hacen a nombre del marido de ella que ya esta inscripto en afip como monotributista, (mi mama esta como autónoma, pero cambiarlo no nos seria problema), pero lo que me olvide de preguntarle es como hicieron con declaración jurada y arba, claro que encima ella esta en capital y nosotros en villa ballester (ni siquiera se si la hicieron), por ejemplo, la escalera la limpia mi mama, jamas contratamos personal externo, porque sabemos que es ilegal tener personal de limpieza por ejemplo, necesita un seguro y actualmente no estamos en condiciones de proveerlo. Podrán indicarnos como hacer? llame a un administrador de consorcios, pero justo se me corto al luz y no pude mandarles el mail con los datos que me piden, ellos se creen que queremos que ellos sean nuestros administradores, cuando en realidad lo que necesito sacarme dudas es sobre lo que a ustedes les estoy preguntando, me crearon confianza como para dejarles mi duda acentada aca, a ver que pueden decirme, ya de por si el miércoles es feriado, pero queremos cuando antes cerrar esto, debemos dinero que pedimos prestado para hacer todo este tramite.. agradecería mucho su respuesta.
ResponderEliminarEstimada,
EliminarEntonces.....lo que quieren saber ustedes es cómo terminar de inscribir el CONSORCIO en la AFIP??? Agredezco sus palabras, y la confianza que le generé. No me dedico a Administrar consorcios sino a asesorarlos legalmente y creo que a ustedes les hace falta eso, pero para poder ayudarlos, tendría que reunirme con ustedes y que me presenten toda la documentación que tienen para así ver qué les falta y qué se puede hacer. Me pude llamar al 49314450 y coordinamos.
Saludos Cordiales!
Estimada doctora: vivo en un edificio que tiene mas de 30 años, y no tiene un administrador determinado, lo autogestionamos entre todos porque solo tiene 4 pisos. Como debemos hacer para inscribirlo ??
ResponderEliminarEstimado/a,
EliminarEste tipo de asesoramiento tienen un costo. Para solicitar una entrevista, puede comunicarse al 49314450. Saludos Cordiales!
No deja claro si el Consorcio no tiene empleados debe igual registrarse en la AFIP, además de los tributos respecto a la Seguridad Social de los empleados podría un consorcio autoregularse sin administrador haciéndose compras entre los copropietarios por lo que los insumos serían "a consumidor final" y así no deberían tampoco inscribir al Consorcio en la AFIP....
ResponderEliminarLa página web de la AFIP tampoco es clara en este aspecto, coincido (hasta ahí) que para contratar resulta -casi- necesario obtener CUIT, pero si el Consorcio no tiene, ni le interesa tener tributo alguno en alta con que finalidad se obtendrá la CUIT??
Estimado/a,
EliminarLa AFIP no te obliga a tener empleados, pero si lo hacés, debés inscribirte. Saludos!
con que codigo de actividad se debe incribir un consorcio
ResponderEliminarBuenas tardes. Hago una consulta: una empresa realizo en un terreno, tres modulos x separado de PB, 1° y 2° piso, todos con 10 unidades. Una vez finalizado se debe realizar el Reglamento de Co-Propiedad??
ResponderEliminarEstimado/a,
EliminarEl Reglamento se confecciona previo a la venta de las unidades. Saludos!
Estimada Dra. Buenos días . Mi consulta es...nuestro edificio tiene 50 años, tres pisos por escalera, no tenemos encargado ni portero y administramos entre los propietarios, si tenemos una chica que realiza la limpieza 2 veces por semana (5 horas semanales) que es propietaria en nuestro edificio, debemos igualmente anotarnos en AFIP para obtener la clave fiscal, desde ya muchas gracias.
ResponderEliminarAl personal siempre es conveniente tenerlo en blanco, para evitar futuras "demandas" en caso de que la relación "buena onda" que existe hoy se extinga. Saludos!
Eliminardoctora quiero sacar el cuit de un consorcio pero me dijeron que bajara el siap que mande los datos pero me piden la actividad del consorcio y no se que poner
ResponderEliminarEstimada Morela,
EliminarSi no me equivoco, el código de la actividad es el 949920.
Saludos!
Consulta, que trámite se debe realizar ante AFIP cuando se cambia el administrador del consorcio, y es necesario cambiar quien administra las relaciones de la clave fiscal.
ResponderEliminarGracias!
Hola. Buenos días.
ResponderEliminarQuisiera consultarle lo siguiente. Estamos por contratar a un persona como portero. El consorcio ya tiene su propio CUIT (lo sacamos cuando se abrió una cuenta bancaria para manejar el dinero del consorcio). Según nuestro administrador para hacer el alta ante la AFIP de esta persona necesita el CUIT o CUIL de dos copropietarios. Es necesario esto? O con solo el CUIT del consorcio es suficiente?
Muchas gracias por su ayuda.
Saludos
Estimada Florencia,
EliminarEn principio, para el alta temprana, entiendo que no es necesario, pero quizá en la delegación se lo pidan, depende de cuál corresponda al domicilio del Consorcio.
Saludos!
Estimada Doctora, gracias por el blog!!! Mi consulta es la siguiente: Estoy por administrar un consorcio de 6 departamentos.Yo soy propietaria de uno de ellos. Por esta adminsitración, no cobraré suma alguna. Pregunta 1) Se debe inscribir el consorcio ante la Afip? 2) La persona que trabaja en la limpieza 3 horas por semana, que en la actualidad está en blanco porque trabaja en la casa de uno de los co propietarios, se debe inscribir de otra manera manera?
ResponderEliminarPara Administrar, aún sin cobrar nada, tiene que inscribirse en el RPA si ese edificio está en capital federal. Por otro lado sí, debe inscribir al consorcio en la afip para luego dar de alta a la persona como empleada del consorcio, categoría personal jornalizado. Saludos!
Eliminarhola buenas tarde tengo una duda que me gustaría aclarar yo vivo en sarandi partido de avellaneda soy nueva en el edificio en el cual hay 16 departamentos tengo una mujer que vive en el dep 10 en mi edificio y dice ser una administradora de consorcio del mismo cosa que ningún vecino sabe quien son los del consorcio cuando uno le pide el libro de acta y todos los papeles que corresponde que tenga un administrador que tiene que tener de los gastos y arreglos del edificio detallados esta señora se niega muestrar dice que lo tiene pero no deja que nadie vea ese supuesto libro que ella tiene nos cobra las despensa pero nadie sabe de los supuestos arreglos que hizo hasta hoy no se ve esos arreglos y se toma derecho que no se corresponde de ningún administrador de consorcio ademas no llama al personal que corresponde para limpiar el tanque de agua su hijo lo hace sin saber como hacerlo y a intoxicado a algunos niños del edificio incluyendo a mis dos hijas y en la boleta que ella entrega no detalla el gasto que hace al edificio. mi consulta es que medida debo tomar y como hacerlo si deseo armar legal mente un consorcio en mi edificio que papeles y como debo hacerlo legal como corresponde espero su respuesta
ResponderEliminarhola buenas tardes yo tengo una duda que me gustaría que me despejara yo vivo en sarandi partido de avellaneda hace poco me mude pero tengo una vecina que dice ser la administradora de consorcio del edificio cosas que cuando un vecino o inquilino del edificio le pide el acta de la administración de los gastos de edificio que dice que se hace no quiere mostrarnos ese libro ademas se toma atributos que no debe como supuesta administradora de consorcio hasta el dia de hoy no hay arreglos que supuestamente hace nos cobra la despensa pero no muestra los papeles de los gasto de la despensa ademas no llama al personal adecuado para limpiar el tanque de agua como debe hacer lo hace su hijo que tambien vive en el edificio y llego a intoxicar a niños y incluyendo a mis dos hijas ademas en el tiquet de pago no detalla lo que debe detallar en un tiquet de pago del consorcio quiero saber que puedo hacer y como en donde estoy deseando amar un nuevo comite de consorcio como debe ser y que debo presenta para que ea legal
ResponderEliminarEstimada doctora, para inscribir el consorcio en AFIP, es necesario hacer previamente algún trámite de alta del consorcio en Personería Jurídica o con tener el reglamento de co-propiedad inscripto es suficiente ?
ResponderEliminarSoy de Zárate, vivo en un edificio de 7 pisos y 18 departamentos, no hay portero ni encargado, antes venia una señora a limpiar 2 veces por semana ahora ya nadie limpia y estamos en un estado de abandono total,al edificio le falta mantenimiento, al palntearle estas cuestiones al administrador me respondio que el edificio no esta incripto en la AFIP, que el no es el verdadero administrador y que el ascensor que colocaron es usado,el edificio es del año 2012,quisiera saber donde denuinciar esta situacion gracias.-
ResponderEliminarBuen día Dra. Tuvimos problemas con el administrador estamos en la búsqueda de uno nuevo, queremos averiguar si nuestro edificio esta dado de alta en afip. Muchas gracias.
ResponderEliminarHola:
ResponderEliminarVivo en un Consorcio con 4 unidades, no tenemos nada,nosotros nos autoadministramos,ahora quiero sacarl cuit para el Consorcio.... mi consulta es si yo necesito cuit para iniciar el tramite porque este año lo administrare yo por un año. Muchas gracias
hola no me quedo claro como obtengo el cuit del consorcio si la clave me la dan si ya tiene cuit y si ya tiene cuit vinculante de uno de los socios......
ResponderEliminarEstimada le hago una consulta, un consorcio puede ser monotributista?, gracias...
ResponderEliminarhola, Cuál es la condición frente al IVA, de un consorcio? y Cuales son los impuestos que le corresponden?
ResponderEliminar