Repasando sobre Propiedad Horizontal

Repasando sobre Propiedad Horizontal


2 Comentarios

Para quienes hace poco leen este blog, les va a resultar útil este artículo, y para quienes ya hace mucho son seguidores....también les resultará útil repasar ciertos conceptos. 

Cuando hablamos de "Propiedad Horizontal", si bien hay una definición legal que está en la ley 13.512, artículo 1, que, en realidad, no es una definición exacta, pero se la puede desmenuzar y decir que es un "mix" entre un dominio y un condominio. 

El condominio es sobre las partes comunes del Consorcio. Esto significa que todos los copropietarios son dueños de un pedacito de cada parte común (escaleras, terrazas, pasillos, ascensores, sótano, hall de entrada, etc) porque al momento de vender el departamento del cual tenemos el dominio, no podemos no incluir esos espacios comunes. 

El dominio, como hice recién referencia, sobre la unidad funcional (depto) implica que si bien en "nuestra casa, mando yo" eso no significa que en la convivencia con los otros se pueda hacer lo que a uno le plazca. 

Por esta razón, existe el Reglamento de Copropiedad y Administración. Cada edificio tiene uno propio y no siempre son iguales. Algunos, quizá, son más ventajosos que otros, pero la realidad es que al momento de mudarse a un departamento debemos sí o sí leer previamente este documento ya que una vez que firmamos la escritura, no hay vuelta atrás. Este cúmulo de hojas que a muchos no les interesan pueden complicarnos la vida si no nos tomamos el tiempo de leerlas. 

La persona más importante del Consorcio no es el Administrador, sino cada propietario reunido en Asamblea. Esa expresión de voluntad puede cambiar también nuestras vidas, influir en nuestra economía y por esa razón, no participar es una decisión errada. Ese es el lugar para "Hacerse oír", en vez de quejarse por deporte. 

En cuanto al Administrador del Consorcio, no hace milagros, sólo obedece a la Asamblea. Esa es su función principal. No puede aumentar las expensas unilateralmente, ni sus honorarios, ni tomar decisiones sin llamar a una Asamblea. La culpa, dicen, no es del perro sino del que le da de comer, entonces, ¿porqué señores propietarios le dan tanta libertad y no ponen ningún límite? 

Quizá, espero, estas palabras hagan ruido en sus cabezas y si realmente quieren un cambio en el lugar donde viven pongan en práctica estos consejos. No es fácil, ni rápido, pero tampoco imposible. 

¿Te quedó alguna duda? Dejanos tu comentario y te responderemos a la brevedad!
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2 comentarios:

  1. Tengo una consulta. Yo compre un local que esta en codominio con otros en una galería horizontal sin construcción alguna arriba. Mi local esta sobre la calle y los otros estan dentro en una galería.
    Mi pregunta es ¿Puedo desvincular mi local de ese codominio? ¿Hacer que ya no sea parte de ese acuerdo para poder realizar a mi antojo cualquier modificación en este?
    El local es apto banco, tengo los papeles al día y esta todo Ok.

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    Respuestas
    1. Hola!!!!
      Habría que analizarlo....si es posible o no.....la partición está contemplada pero para otras instancias. Es cuestión de evaluarlo. Saludos!

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