Hace unos días, me llamó un vecino de la Ciudad de Buenos Aires, no voy a decir su nombre, pero es un lector de este blog, y consultando por uno de los servicios que ofrezco, me comentó que él le había hecho una denuncia a la Administradora de su Edificio, barrio Caballito, y que el RPA le aplicó una multa de 60.000 pesos por incumplimiento de sus funciones, la cual apeló, y los gastos de abogados los estaba pasando como ordinarios en las expensas.
Esta persona necesitaba que, en representación de algún vecino del Edificio, me presente en la Asamblea y discute todas las anomalías, en realidad, "saque los trapitos al sol", porque muchos de los copropietarios de ese Edificio no sabían de esto o si lo sabían, parece no decían ni hacían nada.
La actitud de esta persona, totalmente cansado de que le toquen en bolsillo y que ningún argumento sea escuchado por parte de la Administradora, era la correcta ante una situación así. Lamentablemente, no pude presentarme en el Consorcio por otro compromiso asumido, pero me permitió escribir este artículo para hacer saber a todos los que siguen este blog que esto ES INCONCEBIBLE.
Piensen lo siguiente: si el Administrador posee un auto para ir a trabajar y por estacionarlo le hacen una multa, ¿eso lo tiene que pasar en las expensas ya que son gastos por cumplimiento de sus funciones?
El ejemplo es algo ridículo, lo sé, pero las multas que se les aplican a los Administradores por incumplimiento de sus funciones son gastos personales de ellos, no del Consorcio, y si controláramos las expensas, como lo hizo esta persona, nos daríamos cuenta que hay muchos ITEMS que aparecen y que no nos percatamos que están ahí, y que NO DEBERÍAN ESTAR AHÍ.
Esta situación me llevó a un punto en que no sabía si reír o llorar, porque pensé ¿hasta dónde puede llegar un Administrador? Muchos dicen que no hay que generalizar, pero situaciones como éstas hacen quedar al siguiente que asuma, en una situación que quizá no le sea propia, pero la reputación que le precede lo va a poner sobre una lupa y hará de su labor, seguramente, un infierno.
Este/a administrador/a estaba cometiendo una falta a su código de ética profesional, y también puede ser denunciado en el RPA, pero creo que esto es para un próximo artículo....
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Muy buena esta pagina sobre los consorcios, los felicito.
ResponderEliminarmuy buena las explicaciones, yo pague 10 dias atrasados las expensas x cajero automatico y al mes me manda que debo las expensas y los intereses del mes, no es que solo medebe contar los intereses de los 10 dias law administradora
ResponderEliminarEstimado/a,
EliminarHabría que leer el Reglamento....pero por lo general está el interés compensatorio (es aquel que se cobra por ceder el capital a una persona, muy común en los préstamos) y el punitorio (o "moratorios" por el atraso en el pago de la cuota mensual, aplicable en las expensas). En teoría, se cobra por día, por ejemplo, en los contratos de alquiler sería un 0,2% diario.
Saludos!
que buena pagina, yo tengo varios problemas de estos, uno de ellos es que mi esdificio esta pagando $44.000 x seguridad privada las 24hs , en la expensa no figura el numero de cuit de la empresa y en internet no la encuentro. En resumen creo que es una empresa fantasma que paga tres sueldos minimos para el personal y el resto se lo come.La administradora no me aporta datos y se me escapa!!!.
ResponderEliminarEstimada/o,
EliminarSe la puede intimar, tiene obligación de dar explicaciones de lo que hace y contrata. Para un mejor asesoramiento, puede comunicarse al 49314450 y coordinar una entrevista personal. Saludos!
HOLA NECESITO AYUDA EN DONDE VIVIA ME APLICARON 2 MULTAS POR QUE DICEN QUE ME MUDE EN 2 OPORTUNIDADES FUERA DE HORARIO, EN REALIDAD LO QUE PASA ES QUE EN PB HAY UNA MINA INSUFRIBLE QUE NO TIENE VIDA Y VIVI MIRANDO LA VIDA DE TODOS Y ELLA ES UNA DE LAS QUE ESTA EN EL "COMITE" LA CUESTION ES QUE ME QUIEREN HACER PAGAR 1000 POR UNA MULTA DE MUDANZA FUERA DE HORARIO YO ME MUDE EL SABADO PERO SE EXTENDIO HASTA LAS 17 Y ESTA PERMITIDO LOS SABADOS HASTA LAS 14 NO LO QUIERO PAGAR PERO SI NO LO PAGO DICEN DESDE LA INMOBILIARIA QUE NO ME RESCINDEN EL CONTRATO
ResponderEliminarEstimado,
EliminarEl tema de las multas es complicado, ya que no hay un criterio coherente, pero el único habilitado para imponerlas es un juez, entonces, la opción que tiene es abonar y luego iniciar una acción judicial para declarar la nulidad de esa multa. Por lo general, pasa que los vecinos se reúnen y establecen "multas" por "x" motivos en un Acta de Asamblea, pero hay otras cuestiones atrás que regulan ese "poder de policía" que puede estar tanto en el Reglamento interno como en el Reglamento de Copropiedad y Administración. Saludos!