Asambleas en el Consorcio

Asambleas en el Consorcio


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La Asamblea de propietarios es el órgano de deliberación y decisión que posee el Consorcio.

A medida que aumentan el número de unidades funcionales, aumenta también la dificultad de que sus propietarios concurran a las Asambleas, que son de suma importancia. 

Muchos se quejan de que el Administrador no convoca la cantidad de Asambleas que debería y toma decisiones por su cuenta pero, sinceramente, ¿cuántos van a la Asamblea si éste la convoca? 

Lamentablemente, el interés que muestran la mayoría de los propietarios a la hora de recibir en sus expensas una convocatoria es mínimo, y debido a eso, son los Administradores los que terminan haciendo su santa voluntad pero después, aquellos que no fueron, se quejan por las medidas tomadas. 

Sinceramente, considero que la participación debería ser OBLIGATORIA y de no concurrir, ser pasible de alguna sanción pecuniaria, puesto que parece que todavía no comprendemos que en las Asambleas se toman decisiones que pueden afectar el bolsillo de todos. 

En la mayoría de los Reglamentos de Copropiedad no hay sanciones por no concurrir a las Asambleas, pero una simple modificación podría cambiar, radicalmente, el accionar de todos. 

Piensen en lo siguiente: ¿qué derecho tenemos de quejarnos si nos dieron la posibilidad de marcar la diferencia? Las excusas por no ir pueden ser muchas, pero la mayoría de las reuniones se disponen en un horario en que prácticamente todos están disponibles para ir, entonces, si preferimos quedarnos en casa mirando Showmach o la novela, no hay que quejarse después si en las expensas los números cambian. 

Sería interesante saber su opinión o experiencia sobre este tema...
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