Pagar las expensas es un dolor de cabeza, pero inevitable. Son gastos que todos los que viven en un edificio afectado al Régimen de Propiedad Horizontal deben padecer mes a mes, si no se quiere tener un problema legal.
Según el tipo de Administración que se contrate, en Asamblea de copropietarios, se puede acordar pagarlas en efectivo, con cheque, pago fácil, u otro medio de pago. Sin embargo, ¿qué pasa cuando el pago se hace con un cheque diferido?
¿Qué es un cheque de pago diferido?
Es un cheque emitido por el titular de una cuenta corriente en algún banco, donde se estipula una fecha de emisión y una de pago que se posterga en el tiempo. Para que el pago se concrete, es necesario que en la fecha que indica el cheque haya fondos en la cuenta del emisor.
¿Qué consecuencia tiene esto al momento de pagar las expensas?
El Código Civil Argentino entiende en su artículo 725 que se denomina "pago" al "cumplimiento de la prestación que hace el objeto de la obligación, ya sea de una obligación de hacer, ya de una obligación de dar".
El pago de expensas es una obligación de dar sumas de dinero, por lo tanto, el pago se concreta cuando, el día del vencimiento de la obligación, se entrega ese monto. Si la obligación se cumple entregando un cheque suyo efectivo cobro se producirá en 30, 60 o 90 días, entonces, no estoy pagando las expensas sino todo lo contrario.
Pensemos que los Consorcios necesitan ese dinero para cumplir con los gastos de mantenimiento y conservación. No darlo o diferir su percepción en el tiempo, es no cumplir con la obligación, y por lo tanto, ese dinero que no se recibe de un lado, se tiene que sacar de otro, ya sea, del fondo de reserva o un aumento de expensas.
- POR LO TANTO -PAGAR LAS EXPENSAS CON UN CHEQUE DIFERIDO CONFIGURA MORA AUTOMÁTICA Y SE DEBERÁN APLICAR LOS INTERESES PUNITIVOS CORRESPONDIENTES.
No hay comentarios:
Publicar un comentario